Una hipoteca al revés - Hipoteca Inversa
La hipoteca inversa permite obtener a los
mayores un extra mensual a cambio de volver a endeudarse
Juan tiene 80 años, recibe una pensión de 450 euros y desde hace unos meses necesita asistencia domiciliaria. Las cuentas no le salen, pero Juan tiene una casa en el centro de Barcelona valorada en 210.000 euros que podría volver a hipotecar. A cambio, recibirá una renta mensual de alrededor de 500 euros durante 14 años, con los que hacer frente a su nueva situación. Pasado ese tiempo, podría, él o sus herederos, liquidar la deuda con el banco y volver a recuperar su vivienda libre de cargas, o vender la casa y pagar a la entidad.
Juan no existe, pero sí casos como
el suyo. Para este tipo de perfil,
persona mayor de 65 años, con casa
en propiedad, pensión baja y la
necesidad de recibir un sobre sueldo
mensual que le ayude a afrontar
determinados gastos, algunas
entidades bancarias ofertan la
denominada ‘hipoteca inversa’ o
‘pensión hipotecaria’.
A través de este producto, formulado como una
especie de cuenta corriente de
crédito con la vivienda como
garantía, el propietario recibe una
cantidad mensual en un plazo de
tiempo concreto, o de forma
vitalicia; pagando un interés fijo,
que suele rondar el 6%, y sin perder
la propiedad de su vivienda.
“Es un producto con una filosofía
asistencial, no es especulativo. Es
una decisión dura que se toma por
una necesidad y que permite, ante la
insuficiencia de ingresos, convertir
la vivienda en un apoyo mensual sin
renunciar a la propiedad” explica
Miguel Artazos, jefe de desarrollo
de productos de financiación de
Ibercaja, una de las entidades que
ofrece esta modalidad en España.
En números, y de acuerdo con uno
de las simulaciones que ofrece otra
de las entidades que oferta esta
hipoteca, Caixa Terrasa, Juan, tras
tasar su vivienda, recibiría 603
euros durante 14 años, a un interés
fijo del 5,75%. Después de ese
periodo, la deuda acumulada sobre su
vivienda ascendería a 189.000 euros.
Vender o volver a comprar
“Cuando se termina el plazo hay
dos opciones”, explica Artazos. La
primera es que los herederos, en el
caso de que la persona haya
fallecido, decidan quedarse con la
vivienda pagando la deuda contraída
con sus ahorros o con otro préstamo.
La segunda, será vender la vivienda,
pagar el importe de la deuda y
quedarse con el resto del dinero ya
que la vivienda, teóricamente, se
habrá revalorizado.
Desde La Caixa, otra de las
entidades que oferta esta hipoteca,
explican que se trata de “un
producto diseñado para dar liquidez
al patrimonio inmobiliario”. La
caja, al igual que las demás, ofrece
dos modalidades: recibir los
ingresos por un periodo limitado de
tiempo o de forma vitalicia.
La segunda opción conlleva la
contratación de un seguro adicional.
En el caso de Juan, si opta por esta
modalidad, después de los 14 años
iniciales podrá seguir recibiendo
una renta de 549 euros que provendrá
del seguro contratado, cuyo importe
rondaría los 18.978 euros.
En ambos casos, la constitución
de la hipoteca conlleva, además, los
gastos propios de estas operaciones
como el de notario, la comisión de
apertura, los impuestos, la
tasación, etcétera, que se suelen
cargar al mismo préstamo. “Es un
producto costoso, sobre el que aún
falta información y en el que apenas
hay posibilidad de comparar porque
las condiciones en las distintas
entidades que la ofrecen son
bastante heterogéneas”, explica
Carlos Hernández, delegado de la
Asociación de Usuarios de Productos
Financieros (Ausbanc) en Baleares.
“Se opta por él en situaciones
económicas delicadas, duras. Puede
ser una buena opción para unas
necesidades muy concretas, pero es
muy peligroso si el asesoramiento no
es bueno”, añade Hernández. En este
punto, Miguel Artazos de Ibercaja
recuerda que es “esencial el papel
de los hijos que transmiten las
ventajas y explican las condiciones
a sus padres”.
“No es un producto masivo, es un
público duro, pero sí es
cierto que en 2006 tras unas
declaraciones que realizó sobre el
tema el ministro de Economía, Pedro
Solbes, se formalizaron más
hipotecas inversas que en todos los
años anteriores [Ibercaja ofrece el
producto desde 2001], añade Artazo
que prefiere no dar cifras concretas
sobre el número de hipotecas
contratadas.
“En estos momentos desde Ausbanc,
la principal recomendación es
esperar al anteproyecto de ley que
prepara el Gobierno [sobre
modernización del mercado
hipotecario] y que regulará el
producto”, puntualiza Hernández.
El Gobierno estudia reducir
los costes
El objetivo de esta reforma,
según el Ministerio de Economía y
Hacienda, “es dar mayor seguridad
jurídica a los prestatarios y a las
entidades financieras y dotarlo de
una adecuada transparencia”.
En la práctica, los principales
cambios que estudia el Gobierno se
centran en el capítulo de los
costes. Por ejemplo, las escrituras
públicas de este tipo de hipotecas
estarán exentas del impuesto de
Actos Jurídicos Documentados y los
aranceles notariales se determinarán
tomando como base los derechos
previstos para los documentos sin
cuantía, que suponen una
cantidad fija no muy elevada.
Además, no podrán cobrarse
penalizaciones por cancelación en
caso de fallecimiento del
prestatario.
“Estos cambios -añade Hernández
de Ausbanc- pueden suponer ahorro
considerable para los consumidores”.
Desde la asociación anunciaban hace
unos meses que el Gobierno estudia
también “que puedan desgravarse los
gastos de constitución de la
hipoteca y los intereses acumulados
por disponer del capital”. “Este
paquete de medidas regulará y
favorecerá el desarrollo de este
producto”, concluyen desde La Caixa.
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